domingo, 29 de noviembre de 2009

COPASO

Todas las empresas e instituciones, públicas o privadas, que tengan a su servicio diez (10) o más trabajadores, están obligadas a conformar un Comité de Medicina, Higiene y Seguridad Industrial, cuya organización y funcionamiento estará de acuerdo con las normas del Decreto que se reglamenta y con la presente resolución
Cada Comité de Medicina, Higiene y Seguridad Industrial estará compuesto por un número igual de representantes del empleador y de los trabajadores, con sus respectivos suplentes, así:o De 10 a 49 trabajadores, un representante por cada una de las partes.o De 50 a 499 trabajadores, dos representantes por cada unas de las partes.o De 500 a 999 trabajadores, tres representantes por cada una de las partes.o De 1000 o más trabajadores, cuatro representantes por cada una de las partes.
A las reuniones del Comité sólo asistirán los miembros principales. Los suplentes asistirán por ausencia de los principales y serán citados a las reuniones por el presidente del Comité.
Las empresas o establecimientos de trabajo que tengan a su servicio menos de diez trabajadores, deberán actuar en coordinación con los trabajadores para desarrollar bajo la responsabilidad del empleador el programa de salud ocupacional de la empresa.(Las empresas con menos de diez trabajadores deben nombrar un vigía ocupacional, el cual cumple y desarrolla las funciones del Comité Paritario de Salud Ocupacional y se registra en el Ministerio de la Protección Social.
La empresa que posea dos o más establecimientos de trabajo podrá conformar varios Comités de Medicina, Higiene y Seguridad Industrial para el cumplimiento de lo dispuesto en esta Resolución, uno por cada establecimiento, teniendo en cuenta su organización interna.
La empresa que posea dos o más establecimientos de trabajo podrá conformar varios Comités de Medicina, Higiene y Seguridad Industrial para el cumplimiento de lo dispuesto en esta Resolución, uno por cada establecimiento, teniendo en cuenta su organización iEn caso de accidente grave o riesgo inminente, el Comité se reunirá con carácter extraordinario y con la presencia del responsable del área donde ocurrió el accidente o se determinó el riesgo, dentro de los cinco días siguientes a la ocurrencia del hecho.
El quórum para sesionar el Comité estará constituido por la mitad más uno de sus miembros. Pasados los primeros treinta (30) minutos de la hora señalada para empezar la reunión del Comité sesionará con los miembros presentes y sus decisiones tendrán plena validez.

El empleador designará anualmente al presidente del Comité de los representantes que él designa y el Comité en pleno elegirá al secretario de entre la totalidad de sus miembros.
El comité de Medicina, Higiene y Seguridad Industrial es un organismo de promoción y vigilancia de las normas y reglamentos de salud ocupacional dentro de la empresa y no se ocupará por lo tanto de tramitar asuntos referentes a la relación contractual-laboral propiamente dicha, los problemas de personal, disciplinarios o sindicales; ellos se ventilan en otros organismos y están sujetos a reglamentación distinta.

Son funciones del Comité de Medicina, Higiene y Seguridad Industrial, además de las señaladas por el Artículo 26 del Decreto 614 de 1984, las siguientes:a. Proponer a la administración de la empresa o establecimiento de trabajo la adopción de medidas y el desarrollo de actividades que procuren y mantengan la salud en los lugares y ambientes de trabajo.b. Proponer y participar en actividades de capacitación en salud ocupacional dirigidas a trabajadores, superiores y directivos de la empresa o establecimientos de trabajo.

c. Colaborar con los funcionarios de entidades gubernamentales de salud ocupacional en las actividades que éstos adelanten en la empresa y recibir por derecho propio los informes correspondientes;
d. Vigilar el desarrollo de las actividades que en materia de medicina, higiene y seguridad industrial debe realizar la empresa de acuerdo con el Reglamento de Higiene y Seguridad Industrial y las normas vigentes; promover su divulgación y observancia.e. Colaborar en el análisis de las causas de los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales y proponer al empleador las medidas correctivas a que haya lugar para evitar su ocurrencia. Evaluar los programas que se hayan realizado;
f. Visitar periódicamente los lugares de trabajo e inspeccionar los ambientes, máquinas, equipos, aparatos y las operaciones realizadas por el personal de trabajadores en cada área o sección de la empresa e informar al empleador sobre la existencia de factores de riesgo y sugerir las medidas correctivas y de control;g. Estudiar y considerar las sugerencias que presenten los trabajadores, en materia de medicina, higiene y seguridad industrial
h. Servir como organismo de coordinación entre el empleador y los trabajadores en la solución de los problemas relativos a la salud ocupacional. Tramitar los reclamos de los trabajadores relacionados con la salud ocupacional;i. Solicitar periódicamente a la empresa informes sobre accidentalidad y enfermedades profesionales con el objeto de dar cumplimiento a lo estipulado en la presente resolución;
j. Elegir al secretario del Comité,
k. Mantener un archivo de las actas de cada reunión y demás actividades que se desarrollen, el cual estará en cualquier momento a disposición del empleador, los trabajadores y las autoridades competentes;
l. Las demás funciones que le señalen las normas sobre salud ocupacional.
a. Presidir y orientar las reuniones en forma dinámica y eficaz,b. Llevar a cabo los arreglos necesarios para determinar el lugar o sitio de las reuniones;c. Notificar por escrito a los miembros del Comité sobre convocatoria a las reuniones por lo menos una vez al mes;d. Preparar los temas que van a tratarse en cada reunión;
e. Tramitar ante la administración de la empresa las recomendaciones aprobadas en le seno del Comité y darle a conocer todas sus actividades;f. Coordinar todo lo necesario para la buena marcha del Comité e informar a los trabajadores de la empresa acerca de las actividades del mismo.
sus funciones
a. Verificar la asistencia de los miembros del Comité a las reuniones programadas;b. Tomar nota de los temas tratados elaborar el acta de cada reunión y someterla a la discusión y aprobación del Comité;c. Llevar el archivo referente a las actividades desarrolladas por el Comité y suministrar toda la información que requieran el empleador y los trabajadores
son obligaciones del empleador

a. Propiciar la elección de los representantes de los trabajadores al Comité de acuerdo con lo ordenado en el artículo 20 de esta Resolución, garantizando la libertad y oportunidad de las votaciones.
b. Designar sus representantes al Comité de Medicina, Higiene y Seguridad Industrial;c. Designar al Presidente del Comité
d. Proporcionar los medios necesarios para el normal desempeño de las funciones del Comité;
e. Estudiar las recomendaciones emanadas del Comité y determinar la adopción de las medidas más convenientes e informar las decisiones tomadas al respecto.
son obligaciones de los trabajdores
a. Elegir libremente sus representantes al Comité de Medicina, Higiene y Seguridad Industrial.b. Informar al Comité las situaciones de riesgo que se presenten y manifestar sus sugerencias para el mejoramiento de las condiciones de salud ocupacional en la empresa;c. Cumplir con las normas de medicina, higiene y seguridad industrial en el trabajo y con los reglamentos e instrucciones de servicio ordenados por el empleador.

Programa de Salud Ocupacional

RESOLUCION 1016 DE 1989
SE REGLAMENTA LA ORGANIZACIÓN, FUNCIONAMIENTO Y FORMA DE LOS PROGRAMAS DE SALUD OCUPACIONAL QUE DEBEN DESARROLLAR LOS PATRONOS O EMPLEADORES EN EL PAÍS.

EN QUE CONCISTE EL PROGRAMA DE SALUD OCUPACIONAL?
El programa de Salud Ocupacional consiste en la planeación, organización, ejecución y evaluación de las actividades de Medicina Preventiva, Medicina del Trabajo, Higiene Industrial y Seguridad Industrial, tendientes a preservar, mantener y mejorar la salud individual y colectiva de los trabajadores en sus ocupaciones y que deben ser desarrolladas en sus sitios de trabajo en forma integral e interdisciplinaria

El programa de Salud Ocupacional de las empresas y lugares de trabajo, deberá desarrollarse de acuerdo con su actividad económica y será específico y particular para éstos, de conformidad con sus riesgos reales o potenciales y el número de trabajadores


Tal programa deberá estar contenido en un documento firmado por el representante legal de la empresa y el encargado de desarrollarlo, el cual contemplará actividades en Medicina Preventiva. Medicina del Trabajo, Higiene Industrial y Seguridad Industrial, con el respectivo cronograma de dichas actividades. Tanto el programa como el cronograma, se mantendrán actualizados y disponibles para las autoridades competentes de vigilancia y control

Los patronos o empleadores estarán obligados a destinar los recursos humanos, financieros y físicos indispensables para el desarrollo y cabal cumplimiento del programa de Salud Ocupacional en las empresas y lugares de trabajo, acorde con las actividades económicas que desarrollen, la magnitud y severidad de los riesgos profesionales y el número de trabajadores expuestos

Para el desarrollo del programa de Salud Ocupacional el empresario o patrono, designará una persona encargada de dirigir y coordinar las actividades que requiera su ejecución.

El programa de Salud Ocupacional de las empresas y lugares de trabajo, será de funcionamiento permanente y estará constituido por:
a. Subprograma de Medicina Preventiva.
b. Subprograma de Medicina del Trabajo.
c. Subprograma de Higiene y Seguridad Industrial.
d. Funcionamiento del Comité de Medicina, higiene y Seguridad Industrial, de acuerdo con la reglamentación vigente.

Subprogramas de Medicina Preventiva y del Trabajo
La finalidad principal la promoción, prevención y control de la salud del trabajador, protegiéndolo de los factores de riesgos ocupacionales; ubicándolo en un sitio de trabajo acorde con sus condiciones psicofisiológicasy manteniéndolo en aptitud de producción de trabajo

Las principales actividades Subprogramas de Medicina Preventiva y del Trabajo
1. Realizar exámenes médicos, clínico y paraclínicospara admisión, ubicación según aptitudes periódicos ocupacionales, cambios de ocupación, reingreso al trabajo, retiro y otras situaciones que alteren o puedan traducirse en riesgos para la salud de los trabajadores

2. Desarrollar actividades de vigilancia epidemiológica, conjuntamente con el subprograma de Higiene y Seguridad Industrial, que incluirán como mínimo:
a. Accidentes de Trabajo.
b. Enfermedades profesionales.
c. Panorama de Riesgos

3. Desarrollar actividades de prevención de enfermedades profesionales, accidentes de trabajo y educación en salud a empresarios y trabajadores, en coordinación con el subprograma de Higiene y Seguridad Industrial.
4. Investigar y analizar las enfermedades ocurridas, determinar sus causas y establecer las medidas preventivas correctivas necesarias

5. Informar a la gerencia sobre los problemas de salud de los trabajadores y las medidas aconsejadas para la prevención de las enfermedades profesionales y accidentes de trabajo.
6. Estudiar y conceptuar sobre la toxicidad de materias primas y sustancias en proceso, indicando las medidas para evitar sus efectos nocivos en los trabajadores.

7. Organizar e implantar un servicio oportuno y eficiente de primeros auxilios.
8. Promover a participar en actividades encaminadas a la prevención de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.
9. Colaborar con el Comité de Medicina, Higiene y Seguridad Industrial de la empresa.

10. Realizar visitas a los puestos de trabajo para conocer los riesgos relacionados con la patología laboral, emitiendo informes a la gerencia, con el objeto de establecer los correctivos necesarios.
11. Diseñar y ejecutar programas para la prevención, detección y control de enfermedades relacionadas o agravadas por el trabajo.
12. Diseñar y ejecutar programas para la prevención y control de enfermedades

13. Generadas por los riesgos psicosociales.
14. Elaborar y mantener actualizadas las estadísticas de morbilidad y mortalidad de los trabajadores e investigar las posibles relaciones con sus actividades.
15. Coordinar y facilitar la rehabilitación y reubicación de las personas con incapacidad temporal y permanente parcial.

16. Elaborar y presentar a las directivas de la empresa, para su aprobación, los subprogramas de Medicina Preventiva y del Trabajo y ejecutar el plan aprobado.
17. Promover actividades de recreación y deporte.

El subprograma de Higiene y seguridad Industrial
Tiene como objeto la identificación, reconocimiento, evaluación y control de los factores ambientales que se originen en los lugares de trabajo y que puedan afectar la salud de los trabajadores.

Las principales actividades del subprograma de Higiene y Seguridad Industrial son:
1. Elaborar un panorama de riesgos para obtener información sobre estos en los sitios de trabajo de la empresa, que permita la localización y evaluación de los mismos, así como el conocimiento de la exposición a que están sometidos los trabajadores afectados por ellos.
2. Identificar los agentes de riesgo físicos, químicos, biológicos, psicosociales, ergonómicos, mecánicos, eléctricos, locativos y otros agentes contaminantes, mediante inspecciones periódicas a las áreas, frentes de trabajo y equipos en general.

3. Evaluar con la ayuda de técnicas de medición cualitativas, la magnitud de los riesgos, para determinar su real peligrosidad.
4. Conceptuar sobre los proyectos de obra, instalaciones industriales y equipos en general, para determinar los riesgos que puedan generarse por su causa.

5. Inspeccionar y comprobar la efectividad y el buen funcionamiento de los equipos de seguridad y control de los riesgos.
6. Estudiar e implantar los sistemas de control requeridos para todos los riesgos existentes en la empresa.

7. Conceptuar sobre las especificaciones técnicas de los equipos y materiales, cuya manipulación, transporte y almacenamiento generen riesgos laborales.
8. Establecer y ejecutar las modificaciones en los procesos u operaciones, sustitución de materias primas peligrosas, encerramiento o aislamiento de procesos, operaciones u otras medidas, con el objeto de controlar en la fuente de origen y/o en el medio los agentes de riesgo.

9. Estudiar e implantar los programas de mantenimiento preventivo de las maquinas, equipos, herramientas, instalaciones locativas, alumbrado y redes eléctricas.
10. Diseñar y poner en práctica los medios de protección efectiva, necesarios en los sistemas de transmisión de fuerza y puntos de operación de maquinaria, equipos y herramientas de trabajo.

11. Inspeccionar periódicamente las redes e instalaciones eléctricas locativas, de maquinaria, equipos y herramientas, para controlar los riesgos de electrocución y los peligros de incendio.
12. Supervisar y verificar la aplicación de los sistemas de control de los riesgos ocupacionales en la fuente y en le medio ambiente y determinar la necesidad de suministrar elementos de protección personal, previo estudio de puestos de trabajo.

13. Analizar las características técnicas de diseño y calidad de los elementos de protección personal, que suministren a los trabajadores, de acuerdo con las especificaciones de los fabricantes o autoridades competentes, para establecer procedimientos de selección, dotación, uso, mantenimiento y reposición.
14. Investigar y analizar las causas de los accidentes e incidentes de trabajo y enfermedades profesionales a efectos de aplicar las medidas correctivas necesarias.

15. Informar a las autoridades competentes sobre los accidentes de trabajo ocurridos a sus trabajadores.
16. Elaborar, mantener actualizadas y analizar las estadísticas de los accidentes de trabajo, las cuales estarán a disposición de las autoridades competentes.

17. Delimitar o demarcar las áreas de trabajo, zonas de almacenamiento y vías de circulación y señalizar salidas, salidas de emergencia, resguardos y zonas peligrosas de las máquinas e instalaciones de acuerdo con las disposiciones legales vigentes.

18. Organizar y desarrollar un plan de emergencia teniendo en cuenta las siguientes ramas:a) RAMA PREVENTIVA:
Aplicación de las normas legales y técnicas sobre combustibles, equipos eléctricos, fuentes de calor y sustancias peligrosas propias de la actividad económica de la empresa.

b) RAMA PASIVA O ESTRUCTURAL:
Diseño y construcción de edificaciones con materiales resistentes, vías de salida suficientes y adecuadas para la evacuación, de acuerdo con los riesgos existentes y el número de trabajadores.
c) RAMA ACTIVA O CONTROL DE LAS EMERGENCIAS:
Conformación y organización de brigadas (selección, capacitación, planes de emergencia y evacuación), sistema de detección alarma comunicación, selección y distribución de equipos de control fijos o portátiles (manuales o automáticos), inspeccionar señalización y mantenimiento de los sistemas de control.

19. Estudiar y controlar la recolección, tratamiento y disposición de residuos y desechos, aplicando y cumpliendo con las medidas de saneamiento básico ambiental.
20. Promover, elaborar, desarrollar y evaluar programas de inducción y entrenamiento, encaminados a la prevención de accidentes y conocimiento de los riesgos en el trabajo.

21. Asesorar y colaborar con el Comité de Medicina, Higiene y Seguridad Industrial de la empresa.
22. Elaborar y promover conjuntamente con los subprogramas de Medicina Preventiva y del Trabajo, las normas internas de Salud Ocupacional y el Reglamento de Higiene y Seguridad Industrial.

23. Elaborar y presentar a las directivas de la empresa para su aprobación el subprograma de Higiene y Seguridad Industrial y ejecutar el plan aprobado

El programa de Salud Ocupacional, deberá mantener actualizados los siguientes registros mínimos:
1.Listado de materiales primas y sustancias implicadas en la empresa.
2.Agentes de riesgos por ubicación y prioridades.
3.Relación de trabajadores expuestos a agentes de riesgo.
4.Evaluación de los agentes de riesgos ocupacionales y de los sistemas de control utilizados
5.Relación discriminada de elementos de protección personal que suministren a los trabajadores.
6.Recopilación y análisis estadístico de accidentes de trabajo y Enfermedades profesionales.
7.Ausentismo general, por accidentes de trabajo, por enfermedad profesional y por enfermedad común.
8.Resultados de inspecciones periódicas internas de Salud Ocupacional.
9.Cumplimiento de programas de educación y entrenamiento


11.Historia ocupacional del trabajador, con sus respectivos exámenes de control clínico y biológico.
12.Planes específicos de emergencia y actas de simulacro en las empresas cuyos procesos, condiciones locativas o almacenamiento de materiales riesgosos, puedan convertirse en fuente de peligro para los trabajadores, la comunidad o el medio ambiente.

Evaluación de los programas de Salud OcupacionalSe tendrán como indicadores los siguientes aspectos:
1. Índices de frecuencia y severidad de accidentes de trabajo.
2. Tasas de ausentismo general, por accidente de trabajo, por enfermedad profesional y por enfermedad común, en el último año.

3. Tasas específicas de enfermedades profesionales, en el último año.
4. Grado de cumplimiento de programa de Salud Ocupacional de acuerdo con el cronograma de actividades.

El programa de Salud Ocupacional, será evaluado por la empresa, como mínimo cada seis (6) meses y se reajustará cada año, de conformidad con las modificaciones en los procesos y los resultados obtenidos o dentro del término de tiempo establecido por requerimiento de la autoridad competente.

Las autoridades competentes exigirán los programas de salud Ocupacional, dentro de los siguientes términos establecidos de acuerdo con el número de trabajadores y contados a partir de la vigencia de la presente Resolución:

Seis (6) meses para las empresas de cien (100) o más trabajadores.
Doce (12) meses para las empresas de veinticinco (25) a noventa y nueve (99) trabajadores, inclusive.
Dieciocho (18) meses para las empresas de menos de veinticinco(25) trabajadores

Responsabilidades Legales

SISTEMA GENERAL DE RIESGOS PROFESIONALES

(DECRETO 1295 DE 1994)


QUE ES ESTE SISTEMA
El Sistema General de Riesgos Profesionales es el conjunto de entidades públicas y privadas, normas y procedimientos, destinados aprevenir, proteger y atender alos trabajadores de los efectos de las enfermedades y los accidentes que puedan ocurrir les con ocasión como consecuencia de ltrabajo que desarrollan.
Este sistema general hace parte del sistema de seguridad social contemplado en la ley 100 de 1993.
Las disposiciones vigentes de salud ocupacional relacionadas con la prevención de los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales y el mejormiento de las condiciones de trabajo, con las modificaciones previstas en este decreto, hacen parte integrante del sistema general de riesgos profesionales







PARA QUE SIRVE?
Articulo2decreto1295.

Para establecer actividades de promoción y prevención tendientes amejorar las condiciones de trabajo y salud de la población trabajadora,
Fijar las prestaciones de atención de la salud de los trabajadores y las prestaciones económicas por incapacidad temporal a que haya lugar frente alas contingencias de accidente de trabajo y enfermedad profesional
Reconocer y pagar alos afiliados las prestaciones económicas por incapacidad permanente parcial o invalidez, que se deriven de las contingencias de accidente de trabajo o enfermedad profesional y muerte de origenpro fesional.
Fortalecer las actividades tendientes a establecer el origen de los accidentes de trabajo y las enfermedades profesionales y el control de los agente de riesgos ocupacionales



APLICACIÓN DEL SGRP

El Sistema General de Riesgos Profesionales se aplica atodas las empresas que funcionen en el territorio nacional, ya los trabajadores, contratistas, subcontratistas, de los sectores público, oficial, semioficial, y practican entodos sus órdenes, y del sector privado en general.
El Sistema General de Riesgos Profesionales tiene las siguientes características:
Es vigilado y controlado por el estado, y la afiliación de las empresas están a cargo de las A.R.P.
La afiliación de los trabajadores dependientes es obligatoria so pena de multas y sanciones, y hasta el cierre de la empresa.
Todos los empleadores deben afiliarse a una A.R.P obligatoriamente.
El empleador tiene el derecho de escoger la A.R.P que mas le guste.
Los trabajadores afiliados tendrán derecho al reconocimiento y pago de las prestaciones previstas en el presente Decreto
La cobertura al sistema se inicia al día siguiente de la afiliación.


QUE ES ACCIDENTE DE TRABAJO
Estodo suceso repentino, inesperado, casi siempre no deseado ni programado que ocasiona perdidas alas personas, ala propiedad, alos procesos laborales o queinterfiere el desarrollo normal de una actividad, originando siempre un daño.

La ley define como accidente de trabajo, todo suceso repentino que sobrevenga por causa o con ocasión del trabajo, y que produzca en el trabajador una lesión orgánica, una perturbación funcional, una invalidez o la muerte.


OBLIGACION DE REPORTAR ACCIDENTE DE TRABAJO.

EL FORMATO UNICO DE REPORTE DE ACCIDENTES DE TRABAJO(FURAT), DEBE SER LLENADO SOLO POR EL SUPERVISOR O JEFE INMEDIATO DE LA CCIDENTADO AL MISMO MOMENTO DESUCEDIDO EL ACCIDENTE.
EL REPORTE TIENE QUE SER ENVIADO A LA A.R.P COMO MÁXIMO 48 HORAS DESPUES DEL SINIESTRO Y ESTO ES DE CARÁCTER OBLIGATORIO Y A QUE EL NO HACERLO LE IMPLICA SANCION ECONOMICA A LA EMPRESA.
EL NO REPORTE DE EL ACCIDENTE DE TRABAJO EN EL TIEMPO ESTIPULADO ES CAUSAL PARA NO PAGO DE INDEMNIZACIONES, NI DERECHO ANINGUNTRATAMIENTO DEREHABILITACION



QUE ES ENFERMEDAD PROFESIONAL

Se determina como todo estado patológico permanente o temporal que sobre venga como consecuencia obligatoria y directa de las clases de trabajo que de sempeña el trabajador o del medio en que hay avisto obligado atrabajar y que haya sido determinada como enfermedad profesional por el gobierno nacional


SERVICIOS DE LA A.R.P.

Todo trabajador que sufra un accidente de trabajo o una enfermedad profesional tendrá derecho, según sea el caso, a:
1.Asistencia médica, quirúrgica, terapéutica y farmacéutica.
2.Servicios de hospitalización.
3.Servicio odontológico.
4.Suministro de medicamentos.
5.Servicios auxiliares de diagnóstico y tratamiento.
6.Prótesis y órtesis, su reparación, y su reposición sólo en casos de deterioro o desadaptación, cuando a criterio de rehabilitación se recomiende.
7.Rehabilitaciones física y profesional.
8.Gastos de traslado, en condiciones normales, que sean necesarios para la prestación de estos servicios.

Definiciones Retie

Definiciones
A continuación se definen diferentes términos técnicos relacionados con el riesgo eléctrico1, con objeto de ayudar a interpretar la reglamentación electrotécnica y las normas vigentes en nuestro país las cuales deben servir para concretar y ampliar el alcance del Reglamento Técnico y así evitar que se produzcan interpretaciones diferentes en el momento de su aplicación..
Para otros términos no definidos aquí puede acudirse a la Reglamentación Electrotécnica, así, en las Instrucciones Técnicas impartidas por el RETIE, las normas NTC, se desarrollan los distintos conceptos de la Reglamentación Electrotécnica que se utilizan frecuentemente en esta este trabajo.
ACCESIBLE: Que está al alcance de una persona, sin valerse de medio alguno y sin barreras físicas de por medio.
ACCIDENTE: Evento no deseado, incluidos los descuidos y las fallas de equipos, que da por resultado la muerte, una lesión personal, un daño a la propiedad o deterioro ambiental.
ACOMETIDA: Derivación de la red local del servicio respectivo, que llega hasta el registro de corte del inmueble. En edificios de propiedad horizontal o condominios, la acometida llega hasta el registro de corte general.
ACREDITACIÓN: Procedimiento mediante el cual se reconoce la competencia técnica y la idoneidad de organismos de certificación e inspección, así como laboratorios de ensayo y de metrología.
ACTO INSEGURO: Violación de una norma de seguridad ya definida.
1 Artículo 3º del Reglamento Técnico de Instalaciones Eléctricas Colombiano. RETIE

AISLAMIENTO FUNCIONAL: Es el necesario para el funcionamiento normal de un aparato y la protección contra contactos directos.
AISLADOR: Elemento aislante diseñado de tal forma que soporte un conductor y lo separe eléctricamente de otros conductores.
AISLANTE: Material que impide la propagación de algún fenómeno o agente físico. Material de tan baja conductividad eléctrica, que puede ser utilizado como no conductor.
ALAMBRE: Hilo o filamento de metal, trefilado
o laminado, para conducir corriente eléctrica.
ALAMBRE DURO: Aquel que ha sido trefilado en frío hasta su tamaño final, de manera que se acerque a la máxima resistencia a la tracción obtenible.
ALAMBRE SUAVE O BLANDO: Aquel que ha sido trefilado o laminado hasta su tamaño final y que luego es recocido para aumentar la elongación.
ALTO RIESGO: Entiéndase como ALTO RIESGO aquel riesgo cuya frecuencia esperada de ocurrencia y gravedad de sus efectos puedan comprometer fisiológicamente el cuerpo humano, produciendo efectos como quemaduras, impactos, paro cardíaco, fibrilación; u otros efectos físicos que afectan el entorno de la instalación eléctrica, como contaminación, incendio o explosión (ver Fig.2). La condición de ALTO RIESGO se puede presentar por:
 Deficiencias en la instalación eléctrica.
 Práctica indebida de la electricidad.


AMBIENTE ELECTROMAGNÉTICO: La totalidad de los fenómenos electromagnéticos existentes en un sitio dado.
ANÁLISIS DE RIESGOS: Conjunto de técnicas para definir, clasificar y evaluar los factores de riesgo y la adopción de las medidas para su control.
APOYO: Nombre genérico dado al dispositivo de soporte de conductores y aisladores de las líneas o redes aéreas. Pueden ser postes, torres u otro tipo de estructuras.
ARCO ELÉCTRICO: Canal conductivo ocasionado por el paso de una gran carga eléctrica, que produce gas caliente de baja resistencia eléctrica y un haz luminoso.
ASFIXIA: se produce cuando el paso de la corriente afecta al centro nervioso que regula la función respiratoria, ocasionando el paro respiratorio.
AVISO DE SEGURIDAD: Advertencia de prevención o actuación, fácilmente

visible, utilizada con el propósito de informar, exigir, restringir o prohibir una actuación.
BALIZA: Señal fija de aeronavegación, que permite la visión diurna o nocturna de un conductor de fase o del cable de guarda.
BATERIA DE ACUMULADORES: Equipo que contiene una o más celdas electroquímicas recargables.
BIEN: Una entidad que presta una determinada función social, es decir, que tiene valor.
BIL: Nivel básico de aislamiento ante impulsos tipo rayo.
BOMBILLA: Dispositivo eléctrico que suministra el flujo luminoso, por transformación de energía eléctrica. Puede ser incandescente si emite luz por calentamiento o luminiscente si hay paso de corriente a través de un gas.
BÓVEDA: Estructura sólida resistente al fuego, ubicada sobre o bajo el nivel del suelo con acceso limitado a personal calificado para instalar, mantener, operar o inspeccionar equipos o cables. La bóveda puede tener aberturas para ventilación, ingreso de personal y entrada de cables.
CABLE: Conjunto de alambres sin aislamiento entre sí y entorchado por medio de capas concéntricas.
CABLE APANTALLADO: Cable con una envoltura conductora alrededor del aislamiento que le sirve como protección electromecánica. Es lo mismo que cable blindado.
CALIDAD: La totalidad de las características de un ente que le confieren la aptitud para satisfacer necesidades explícitas e implícitas. Es un conjunto de cualidades o
atributos, como disponibilidad, precio, confiabilidad, durabilidad, seguridad, continuidad, consistencia, respaldo y percepción.
CALIBRACIÓN: El conjunto de operaciones que tienen por finalidad determinar los errores de un instrumento para medir y, de ser necesario, otras características metrológicas.
CARGA: La potencia eléctrica requerida para el funcionamiento de uno o varios equipos eléctricos o la potencia que transporta un circuito.
CARGA NORMALIZADA: Término aplicado a cercas eléctricas. Es la carga que comprende una resistencia no inductiva de 500 ohmios ± 2,5 ohmios y una resistencia variable, la cual es ajustada para maximizar la energía de impulso en la resistencia.
CARGABILIDAD: Límite térmico dado en capacidad de corriente, para líneas de transporte de energía, transformadores, etc.
CAPACIDAD DE CORRIENTE: Corriente máxima que puede transportar continuamente un conductor en las condiciones de uso, sin superar la temperatura nominal de servicio.
CAPACIDAD NOMINAL: El conjunto de características eléctricas y mecánicas asignadas a un equipo eléctrico por el diseñador, para definir su funcionamiento bajo unas condiciones especificas.
CENTRAL O PLANTA DE GENERACIÓN: Es toda instalación en la que se produzca energía eléctrica, cualquiera que sea el procedimiento empleado.
CERCA ELÉCTRICA: Barrera para propósitos de manejo de animales, que forma un circuito de uno o varios conductores sostenidos con aisladores, a una altura apropiada, de tal forma que no reciban descargas peligrosas los animales ni las
personas.
CERTIFICACIÓN: Procedimiento mediante el cual un organismo expide por escrito o por un sello de conformidad, que un producto, un proceso o servicio cumple un reglamento técnico o una(s) norma(s) de fabricación.
CERTIFICADO DE CONFORMIDAD: Documento emitido conforme a las reglas de un sistema de certificación, en el cual se puede confiar razonablemente que un producto, proceso o servicio es conforme con una norma, especificación técnica u otro documento normativo específico.
CIRCUITO: Lazo cerrado formado por un conjunto de elementos, dispositivos y equipos eléctricos, alimentados por la misma fuente de energía y con las mismas protecciones contra sobretensiones y sobrecorrientes. No se toman los cableados internos de equipos como circuitos.
CLAVIJA: Dispositivo que por inserción en un tomacorriente establece una conexión eléctrica entre los conductores de un cordón flexible y los conductores conectados permanentemente al tomacorriente.
COMITÉ TÉCNICO DE NORMALIZACIÓN: Grupo de personas con diferentes intereses sobre un tema, que se reúnen regular y voluntariamente con el fin de identificar necesidades, analizar documentos y elaborar normas técnicas.
COMPATIBILIDAD ELECTROMAGNÉTICA: Es la capacidad de un equipo o sistema para funcionar satisfactoriamente en su ambiente electromagnético, sin dejarse afectar ni afectar a otros equipos por energía electromagnética radiada o conducida.
CONDENACIÓN: Bloqueo de un aparato de corte por medio de un candado o de una tarjeta.
CONDICIÓN INSEGURA: Circunstancia potencialmente riesgosa que está presente en el ambiente de trabajo.
CONDUCTOR ACTIVO: Aquellas partes destinadas, en su condición de operación normal, a la transmisión de electricidad y por tanto sometidas a una tensión en servicio normal.
CONDUCTOR ENERGIZADO: Todo aquel que no está conectado a tierra.
CONEXIÓN EQUIPOTENCIAL: Conexión eléctrica entre dos o más puntos, de manera que cualquier corriente que pase, no genere una diferencia de potencial sensible entre ambos puntos.
CONFIABILIDAD: Capacidad de un dispositivo, equipo o sistema para cumplir una función requerida, en unas condiciones y tiempo dados.
CONTACTO DIRECTO: Es el contacto de personas o animales con conductores activos de una instalación eléctrica.
CONTACTO ELÉCTRICO: Acción de unión de dos elementos con el fin de cerrar un circuito. Puede ser de frotamiento, de rodillo, líquido o de presión.
CONTACTO INDIRECTO: Es el contacto de personas o animales con elementos puestos accidentalmente bajo tensión o el contacto con cualquier parte activa a través de un medio conductor.
CONTROL DE CALIDAD: Proceso de regulación, a través del cual se mide y controla la calidad real de un producto o servicio.
CORRIENTE ELÉCTRICA: Es el movimiento de cargas eléctricas entre dos puntos que no se hallan al mismo potencial, por tener uno de ellos un exceso de electrones respecto al otro. Es un transporte de energía.
CORRIENTE DE CONTACTO: Corriente que circula a través del cuerpo humano,
cuando está sometido a una tensión.
CORROSIÓN: Ataque a una materia y destrucción progresiva de la misma, mediante una acción química o electroquímica o bacteriana.
CORTOCIRCUITO: Fenómeno eléctrico ocasionado por una unión accidental o intencional de muy baja resistencia entre dos o más puntos de diferente potencial de un mismo circuito.
DAÑO: Consecuencia material de un accidente. DESASTRE: Situación catastrófica súbita que afecta a gran número de personas.
DESCARGA DISRUPTIVA: Falla de un aislamiento bajo un esfuerzo eléctrico, por superarse un nivel de tensión determinado que hace circular una corriente. Se aplica al rompimiento del dieléctrico en sólidos, líquidos
o gases y a la combinación de estos.
DESCARGADOR DE SOBRETENSIONES: Dispositivo para protección de equipos eléctricos, el cual limita el nivel de la sobretensión, mediante la absorción de la mayor parte de la energía transitoria, minimizando la transmitida a los equipos y reflejando la otra parte hacia la red. No es correcto llamarlo pararrayos.
DESCUIDO: Olvido o desatención de alguna regla de trabajo.
DIELÉCTRICO: Ver aislante.
DISPONIBILIDAD: Certeza de que un equipo o sistema sea operable en un tiempo dado. Cualidad para operar normalmente.
DISPOSITIVO DE PROTECCIÓN CONTRA SOBRETENSIONES TRANSITORIAS DEL TIPO CONMUTACIÓN DE TENSIÓN: Un DPS que tiene una alta impedancia cuando no esta presente un transitorio, pero que cambia súbitamente su impedancia a un valor bajo en respuesta a un transitorio de tensión. Ejemplos de
Tema estos dispositivos son: Los vía de chispas, tubos de gas, tiristores y triacs.
DISPOSITIVO DE PROTECCIÓN CONTRA SOBRETENSIONES TRANSITORIAS DEL TIPO LIMITACIÓN DE TENSIÓN: Un DPS que tiene una alta impedancia cuando no esta presente un transitorio, pero se reduce gradualmente con el incremento de la corriente y la tensión transitoria. Ejemplos de estos dispositivos son: Los varistores y los diodos de supresión.
DISTANCIA A MASA: Distancia mínima, bajo condiciones especificadas, entre una parte bajo tensión y toda estructura que tiene el mismo potencial de tierra.
DISTANCIA AL SUELO: Distancia mínima, bajo condiciones ya especificadas, entre el conductor bajo tensión y el terreno.
DISTANCIA DE SEGURIDAD: Es la mínima distancia entre una línea energizada y una zona donde se garantiza que no habrá un accidente por acercamiento.
DISTRIBUCIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA: Transferencia de energía eléctrica a los consumidores, dentro de un área específica.
DOBLE AISLAMIENTO: Aislamiento que comprende a la vez un aislamiento funcional y un aislamiento suplementario.
DPS: Sigla del dispositivo de protección contra sobretensiones transitorias o descargador de sobretensiones.
ELECTRICIDAD ESTÁTICA: Una forma de energía eléctrica o el estudio de cargas eléctricas en reposo.
ELECTRICIDAD: El conjunto de disciplinas que estudian los fenómenos eléctricos o una forma de energía obtenida del producto de la potencia eléctrica consumida por el tiempo de servicio. El suministro de electricidad al usuario debe entenderse como un servicio de transporte de energía, con una componente técnica y otra
Tema 1: Definiciones Pag. 10
comercial.
ELÉCTRICO: Aquello que tiene o funciona con electricidad.
ELECTROCUCIÓN: Paso de corriente eléctrica a través del cuerpo humano.
ELECTRODO DE PUESTA A TIERRA: Es el conductor o conjunto de conductores enterrados que sirven para establecer una conexión con el suelo.
ELECTRÓNICA: Parte de la electricidad que maneja las técnicas fundamentadas en la utilización de haces de electrones en vacío, en gases o en semiconductores.
ELECTROTECNIA: Estudio de las aplicaciones técnicas de la electricidad.
EMERGENCIA: Situación que se presenta por un hecho accidental y que requiere suspender todo trabajo para atenderla.
EMPALME: Conexión eléctrica destinada a unir dos partes de conductores, para garantizar continuidad eléctrica y mecánica.
ENSAYO: Conjunto de pruebas y controles a los cuales se somete un bien para asegurarse que cumple normas y pueda cumplir la función requerida.
EQUIPOTENCIALIZAR: Es el proceso, práctica o acción de conectar partes conductivas de las instalaciones, equipos o sistemas entre sí o a un sistema de puesta a tierra, mediante una baja impedancia, para que la diferencia de potencial sea mínima entre los puntos interconectados.
ERROR: Acción desacertada o equivocada. Estado susceptible de provocar avería.
ESPECIFICACIÓN TÉCNICA:
ELÉCTRICO: Aquello que tiene o funciona con electricidad.
ELECTROCUCIÓN: Paso de corriente eléctrica a través del cuerpo humano.
ELECTRODO DE PUESTA A TIERRA: Es el conductor o conjunto de conductores enterrados que sirven para establecer una conexión con el suelo.
ELECTRÓNICA: Parte de la electricidad que maneja las técnicas fundamentadas en la utilización de haces de electrones en vacío, en gases o en semiconductores.
ELECTROTECNIA: Estudio de las aplicaciones técnicas de la electricidad.
EMERGENCIA: Situación que se presenta por un hecho accidental y que requiere suspender todo trabajo para atenderla.
EMPALME: Conexión eléctrica destinada a unir dos partes de conductores, para garantizar continuidad eléctrica y mecánica.
ENSAYO: Conjunto de pruebas y controles a los cuales se somete un bien para asegurarse que cumple normas y pueda cumplir la función requerida.
EQUIPOTENCIALIZAR: Es el proceso, práctica o acción de conectar partes conductivas de las instalaciones, equipos o sistemas entre sí o a un sistema de puesta a tierra, mediante una baja impedancia, para que la diferencia de potencial sea mínima entre los puntos interconectados.
ERROR: Acción desacertada o equivocada. Estado susceptible de provocar avería.
ESPECIFICACIÓN TÉCNICA: Documento que establece características técnicas mínimas de un producto o servicio.
EVALUACIÓN DE LA CONFORMIDAD: Procedimiento utilizado, directa o indirectamente, para determinar que se cumplen los requisitos o prescripciones pertinentes de los reglamentos técnicos o normas.
EVENTO: Es una manifestación o situación, producto de fenómenos naturales, técnicos o sociales que puede dar lugar a una emergencia.
EXPLOSIÓN: Expansión rápida y violenta de una masa gaseosa que genera una onda de presión que puede afectar sus proximidades.
EXTINTOR: Aparato autónomo, que contiene un agente para apagar el fuego, eliminando el oxígeno.
FALLA: Degradación de componentes. Alteración intencional o fortuita de la capacidad de un sistema, componente o persona, para cumplir una función requerida.
FASE: Designación de un conductor, un grupo de conductores, un terminal, un devanado o cualquier otro elemento de un sistema polifásico que va a estar energizado durante el servicio normal.
FIBRILACIÓN VENTRICULAR: Contracción espontánea e incontrolada de las fibras del músculo cardíaco, causada entre otros, por una electrocución.
FLECHA: Distancia vertical máxima en un vano, entre el conductor y la línea recta que une los dos puntos de sujeción.
FRECUENCIA: Número de períodos por segundo de una onda. Se mide en hertz o ciclos por segundo.
FRENTE MUERTO: Parte de un equipo accesible a las personas y sin partes activas.
FUEGO: Combinación de combustible, oxígeno y calor. Combustión que se desarrolla en condiciones controladas.
FUEGO CLASE C: El originado en equipos eléctricos energizados.
FUENTE DE ENERGÍA: Todo equipo o sistema que suministre energía eléctrica.
FUENTE DE RESPALDO: Uno o más grupos electrógenos (motor - generador o baterías) cuyo objetivo es proveer energía durante la interrupción del servicio eléctrico normal.
FUSIBLE: Aparato cuya función es abrir, por la fusión de uno o varios de sus componentes, el circuito en el cual está insertado.
GENERACIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA: Proceso mediante el cual se obtiene energía eléctrica a partir de alguna otra forma de energía.
GENERADOR: Persona natural o jurídica que produce energía eléctrica, que tiene por lo menos una central o unidad generadora. También significa equipo de generación de energía eléctrica.
IGNICIÓN: Acción de originar una combustión.
ILUMINANCIA: Es el flujo luminoso que incide sobre una superficie. Su unidad, el lux, equivale al flujo luminoso de un lumen que incide homogéneamente sobre una superficie de un metro cuadrado.
IMPACTO AMBIENTAL: Acción o actividad que produce una alteración, favorable o desfavorable, en el medio ambiente o en alguno de los componentes del mismo.
IMPERICIA: Falta de habilidad para desarrollar una tarea.
INCENDIO: Es todo fuego incontrolado.
INDUCCIÓN: Fenómeno en el que un cuerpo energizado, transmite por medio de su campo eléctrico o magnético, energía a otro cuerpo, a pesar de estar separados por un dieléctrico.
INFLAMABLE: Material que se puede encender y quemar rápidamente.
INMUNIDAD: Es la capacidad de un equipo o sistema para funcionar correctamente sin degradarse ante la presencia de una perturbación electromagnética.
INSPECCIÓN: Conjunto de actividades tales como medir, examinar, ensayar o comparar con requisitos establecidos, una o varias características de un producto o instalación eléctrica, para determinar su conformidad.
INSTALACIÓN ELÉCTRICA: Conjunto de aparatos eléctricos y de circuitos asociados, previstos para un fin particular: generación, transmisión, transformación, rectificación, conversión, distribución o utilización de la energía eléctrica.
INTERFERENCIA ELECTROMAGNÉTICA: Es la degradación en las características del equipo o sistema, causada por una perturbación electromagnética.
INTERRUPTOR AUTOMÁTICO: Dispositivo diseñado para que abra el circuito automáticamente cuando se produzca una sobrecorriente predeterminada.
INTERRUPTOR AUTOMATICO AJUSTABLE: Calificativo que indica que el interruptor automático se puede ajustar para que se dispare a distintas corrientes, tiempos o ambos, dentro de un margen predeterminado.
INTERRUPTOR DE FALLA A TIERRA: Interruptor diferencial accionado por corrientes de fuga a tierra, cuya función es interrumpir la corriente hacia la carga
Tema
INTERRUPTOR DE USO GENERAL: Dispositivo para abrir y cerrar o para conmutar la conexión de un circuito, diseñado para ser operado manualmente. Su capacidad se establece en amperios y es capaz de interrumpir su corriente nominal a su tensión nominal. Cumple funciones de control y no de protección.
LABORATORIO DE METROLOGÍA: Laboratorio que reúne la competencia e idoneidad necesarias para determinar la aptitud o funcionamiento de equipos de medición.
LABORATORIO DE PRUEBA Y ENSAYOS: Laboratorio nacional, extranjero o internacional, que posee la competencia e idoneidad necesarias para llevar a cabo en forma general la determinación de las características, aptitud o funcionamiento de materiales o productos.
LESIÓN: Perjuicio fisiológico sufrido por una persona.
LÍMITE DE APROXIMACIÓN SEGURA: Es la distancia mínima desde un punto energizado del equipo, hasta la cual el personal no calificado puede situarse sin riesgo por arco eléctrico.
LÍMITE DE APROXIMACIÓN RESTRINGIDA: Es la distancia mínima hasta la cual el personal calificado puede situarse sin llevar los elementos de protección personal certificados contra riesgo por arco eléctrico.
LÍMITE DE APROXIMACIÓN TÉCNICA: Es la distancia mínima en la cual solo el personal calificado que lleva elementos de protección personal certificados contra arco eléctrico realiza trabajos en la zona de influencia directa de las partes energizadas de un equipo.
LÍNEA DE TRANSMISIÓN: Un sistema de conductores y sus accesorios, para el
transporte de energía eléctrica, desde una planta de generación o una subestación a otra subestación. Un circuito teórico equivalente que representa una línea de energía o de comunicaciones.
LÍNEA ELÉCTRICA: Conjunto compuesto por conductores, aisladores, estructuras y accesorios destinados al transporte de energía eléctrica.
LÍNEA MUERTA: Término aplicado a una línea sin tensión o desenergizada.
LÍNEA VIVA: Término aplicado a una línea con tensión o línea energizada.
LONGITUD DE ONDA: En una onda periódica, es la distancia entre puntos de la misma fase en dos ciclos consecutivos.
LUMINANCIA: Es el flujo reflejado por los cuerpos, o el flujo emitido si un objeto se considera fuente de luz. También llamado brillo fotométrico. Su unidad es la candela o lúmenes por metro cuadrado.
LUMINARIA: Componente mecánico principal de un sistema de alumbrado que proyecta, filtra y distribuye los rayos luminosos, además de alojar y proteger los elementos requeridos para la iluminación.
MANIOBRA: Conjunto de procedimientos tendientes a operar una red eléctrica en forma segura.
MANTENIMIENTO: Conjunto de acciones o procedimientos tendientes a preservar o restablecer un bien, a un estado tal que le permita garantizar la máxima confiabilidad.
MÁQUINA: Conjunto de mecanismos accionados por una forma de energía, para transformarla en otra más apropiada a un efecto dado.
MASA: Conjunto de partes metálicas de un equipo, que en condiciones normales
están aisladas de las partes activas y se toma como referencia para las señales y tensiones de un circuito electrónico. Las masas pueden estar o no estar conectadas a tierra.
METROLOGÍA: Ciencia de la medición. Incluye aspectos teóricos y prácticos.
MODELO: Procedimiento matemático que permite simular la evolución de variables y propiedades de un sistema, durante el desarrollo de un fenómeno físico o químico. Representación abstracta de un sistema.
MUERTE APARENTE O MUERTE CLINICA: Estado que se presenta cuando una persona deja de respirar y/o su corazón no bombea sangre.
NECROSIS ELÉCTRICA: Tipo de quemadura producida por alta tensión.
NEUTRO: Conductor activo conectado intencionalmente a una puesta a tierra, bien sólidamente o a través de un impedancia limitadora.
NIVEL DE RIESGO: Valoración conjunta de la probabilidad de ocurrencia de los accidentes, de la gravedad de sus efectos y de la vulnerabilidad del medio.
NODO: Parte de un circuito en el cual dos o más elementos tienen una conexión común.
NOMINAL: Término aplicado a una característica de operación, indica los límites de diseño de esa característica para los cuales presenta las mejores condiciones de operación. Los límites siempre están asociados a una norma técnica.
NORMA: Documento aprobado por una institución reconocida, que prevé, para un uso común y repetido, reglas, directrices o características para los productos o los procesos y métodos de producción conexos, servicios o procesos, cuya observancia no es oNORMA DE SEGURIDAD: Toda acción encaminada a evitar un accidente.
NORMA TÉCNICA: Documento establecido por consenso y aprobado por un organismo reconocido, que suministra, para uso común y repetido, reglas, directrices y características para la actividades o sus resultados, encaminados al logro del grado óptimo de orden en un contexto dado. Las normas técnicas se deben basar en los resultados consolidados de la ciencia, la tecnología y la experiencia y sus objetivos deben ser los beneficios óptimos para la comunidad.
NORMA TÉCNICA COLOMBIANA (NTC): Norma técnica aprobada o adoptada como tal por el organismo nacional de normalización.
NORMALIZAR: Establecer un orden en una actividad específica.
OPERADOR DE RED: Empresa de Servicios Públicos encargada de la planeación, de la expansión y de las inversiones, operación y mantenimiento de todo o parte de un Sistema de Transmisión Regional o un Sistema de Distribución Local.
ORGANISMO DE ACREDITACIÓN: Entidad gubernamental que acredita y supervisa los organismos de certificación, los laboratorios de pruebas y ensayo y de metrología que hagan parte del sistema nacional de normalización, certificación y metrología.
ORGANISMO DE CERTIFICACIÓN: Entidad Imparcial, pública o privada, nacional, extranjera o internacional, que posee la competencia y la confiabilidad necesarias para administrar un sistema de certificación, consultando los intereses generales.
ORGANISMO DE INSPECCIÓN: Entidad que ejecuta actividades de medición, ensayo o comparación con un patrón o documento de referencia de un proceso, un producto, una instalación o una organización y confrontar los resultados conbligatoria.
unos requisitos especificados.
PARARRAYOS: Elemento metálico resistente a la corrosión, cuya función es interceptar los rayos que podrían impactar directamente sobre la instalación a proteger. Más técnicamente se denomina terminal de captación.
PATRÓN: Medida materializada, aparato de medición o sistema de medición destinado a definir, realizar, conservar o reproducir una unidad o uno o varios valores conocidos de una magnitud para trasmitirlos por comparación a otros instrumentos de medición.
PELIGRO: Exposición incontrolada a un riesgo.
PERSONA CALIFICADA: Persona natural que en virtud de certificados expedidos por entidades competentes, títulos académicos o experiencia, demuestre su formación profesional en electrotecnia y riesgos asociados a la electricidad, y además cuente con matrícula profesional vigente que lo acredite para el ejercicio de la profesión.
PERSONA JURÍDICA: Se llama persona jurídica, una persona ficticia, capaz de ejercer derechos y contraer obligaciones civiles, y de ser representada judicial y extrajudicialmente.
Las personas jurídicas son de dos especies: corporaciones y fundaciones de beneficencia pública. Hay personas jurídicas que participan de uno y otro carácter.
PERTURBACIÓN ELECTROMAGNÉTICA: Cualquier fenómeno electromagnético que puede degradar las características de desempeño de un equipo o sistema.
PISO CONDUCTIVO: Arreglo de material conductivo de un lugar que sirve como medio de conexión eléctrica entre personas y objetos para prevenir la acumulación de cargas electrostáticas.
PLANO: Representación a escala en una superficie.
PRECAUCIÓN: Actitud de cautela para evitar o prevenir los daños que puedan presentarse al ejecutar una acción.
PREVENCIÓN: Evaluación predictiva de los riesgos y sus consecuencias. Conocimiento a priori para controlar los riesgos. Acciones para eliminar la probabilidad de un accidente.
PREVISIÓN: Anticipación y adopción de medidas ante la posible ocurrencia de un suceso, en función de los indicios observados y de la experiencia.
PRIMEROS AUXILIOS: Todos los cuidados inmediatos y adecuados, pero provisionales, que se prestan a alguien accidentado o con enfermedad repentina, para conservarle la vida.
PRODUCTO: Cualquier bien, ya sea en estado natural o manufacturado, incluso si se ha incorporado en otro producto.
PROFESIÓN: Empleo, facultad u oficio que tiene una persona y ejerce con derecho a retribución.
PUERTA CORTAFUEGO: Puerta que cumple los criterios de estabilidad, estanqueidad, no emisión de gases inflamables y aislamiento térmico durante un período de tiempo determinado.
PUERTO: Punto de interfaz entre un equipo y su ambiente electromagnético.
PUESTA A TIERRA: Grupo de elementos conductores equipotenciales, en contacto eléctrico con el suelo o una masa metálica de referencia común, que distribuye las corrientes eléctricas de falla en el suelo o en la masa. Comprende electrodos, conexiones y cables enterrados.
CALIENTE: Punto de conexión que esté trabajando a una temperatura por encima de la normal, generando pérdidas de energía y a veces, riesgo de incendio.
PUNTO NEUTRO: Es el nodo o punto de un sistema eléctrico, que para las condiciones de funcionamiento previstas, presenta la misma diferencia de potencial con relación a cada una de las fases.
QUEMADURA: Conjunto de trastornos tisulares, producidos por el contacto prolongado con llamas o cuerpos de temperatura elevada.
RAYO: La descarga eléctrica atmosférica o más comúnmente conocida como rayo, es un fenómeno físico que se caracteriza por una transferencia de carga eléctrica de una nube hacia la tierra, de la tierra hacia la nube, entre dos nubes, al interior de una nube o de la nube hacia la ionosfera.
RECEPTOR: Todo equipo o máquina que utiliza la electricidad para un fin particular.
RED EQUIPOTENCIAL: Conjunto de conductores del SPT que no están en contacto con el suelo o terreno y que conectan sistemas eléctricos, equipos o instalaciones con la puesta a tierra.
RED INTERNA: Es el conjunto de redes, tuberías, accesorios y equipos que integran el sistema de suministro del servicio público al inmueble a partir del medidor. Para edificios de propiedad horizontal o condominios, es aquel sistema de suministro del servicio al inmueble a partir del registro de corte general cuando lo hubiere.
REGLAMENTO TÉCNICO: Documento en el que se establecen las características de un producto, servicio o los procesos y métodos de producción, con inclusión de las disposiciones administrativas aplicables y cuya observancia es obligatoria.
Medio de protección que impide
o dificulta el acceso de las personas o sus extremidades, a una zona de peligro.
RETIE O Retie: Acrónimo del Reglamento Técnico de Instalaciones Eléctricas adoptado por Colombia.
RIESGO: Condición ambiental o humana cuya presencia o modificación puede producir un accidente o una enfermedad ocupacional. Posibilidad de consecuencias nocivas o perjudiciales vinculadas a exposiciones reales o potenciales.
RIESGO DE ELECTROCUCIÓN: Posibilidad de circulación de una corriente eléctrica a través de un ser vivo.
RESISTENCIA DE PUESTA A TIERRA: Es la relación entre el potencial del sistema de puesta a tierra a medir, respecto a una tierra remota y la corriente que fluye entre estos puntos.
SECCIONADOR: Dispositivo destinado a hacer un corte visible en un circuito eléctrico y está diseñado para que se manipule después de que el circuito se ha abierto por otros medios.
SEGURIDAD: Estado de riesgo aceptable o actitud mental de las personas.
SEÑALIZACIÓN: Conjunto de actuaciones y medios dispuestos para reflejar las advertencias de seguridad en una instalación.
SÍMBOLO: Imagen o signo que describe una unidad, magnitud o situación determinada y que se utiliza como forma convencional de entendimiento colectivo.
SISTEMA: Conjunto de componentes interrelacionados e interactuantes para llevar a cabo una misión conjunta. Admite ciertos elementos de entrada y produce ciertos elementos de salida en un proceso organizado.
SISTEMA DE EMERGENCIA: Un sistema de potencia destinado a suministrar energía de respaldo a un número limitado de funciones vitales, dirigidas a la protección de la vida humana y la seguridad.
SISTEMA DE POTENCIA AISLADO: Un sistema que comprende un transformador de aislamiento, un monitor de aislamiento de línea y los conductores de circuito no puestos a tierra para uso en las áreas críticas de hospitales.
SISTEMA DE PUESTA A TIERRA (SPT): Conjunto de elementos conductores de un sistema eléctrico específico, sin interrupciones ni fusibles, que conectan los equipos eléctricos con el terreno o una masa metálica. Comprende la puesta a tierra y la red equipotencial de cables que normalmente no conducen corriente.
SISTEMA DE PUESTA A TIERRA DE PROTECCIÓN: Conjunto de conexión, encerramiento, canalización, cable y clavija que se acoplan a un equipo eléctrico, para prevenir electrocuciones por contactos con partes metálicas energizadas accidentalmente.
SISTEMA DE PUESTA A TIERRA DE SERVICIO: Es la que pertenece al circuito de corriente; sirve tanto para condiciones de funcionamiento normal como de falla.
SISTEMA DE PUESTA A TIERRA TEMPORAL: Dispositivo de puesta en cortocircuito y a tierra, para protección del personal que interviene en redes desenergizadas.
SISTEMA ININTERRUPIDO DE POTENCIA (UPS): Sistema que provee energía a cargas críticas unos milisegundos después del corte de la alimentación normal. Durante ese tiempo, normalmente no debe salir de servicio ninguno de los equipos que alimenta.
SOBRECARGA: Funcionamiento de un elemento excediendo su capacidad nominal.

SOBRETENSIÓN: Tensión anormal existente entre dos puntos de una instalación eléctrica, superior a la tensión máxima de operación normal de un dispositivo, equipo o sistema.
SUBESTACIÓN: Conjunto único de instalaciones, equipos eléctricos y obras complementarias, destinado a la transferencia de energía eléctrica, mediante la transformación de potencia.
TENSIÓN: La diferencia de potencial eléctrico entre dos conductores, que hace que fluyan electrones por una resistencia. Tensión es una magnitud, cuya unidad es el voltio; un error frecuente es hablar de “voltaje”.
TENSIÓN A TIERRA: Para circuitos puestos a tierra, la tensión entre un conductor dado y el conductor del circuito puesto a tierra o a la puesta a tierra; para circuitos no puestos a tierra, la mayor tensión entre un conductor dado y algún otro conductor del circuito.
TENSIÓN DE CONTACTO: Diferencia de potencial que durante una falla se presenta entre una estructura metálica puesta a tierra y un punto de la superficie del terreno a una distancia de un metro. Esta distancia horizontal es equivalente a la máxima que se puede alcanzar al extender un brazo.
TENSIÓN DE PASO: Diferencia de potencial que durante una falla se presenta entre dos puntos de la superficie del terreno, separados por una distancia de un paso (aproximadamente un metro).
TENSIÓN DE SERVICIO: Valor de tensión, bajo condiciones normales, en un instante dado y en un nodo del sistema. Puede ser estimado, esperado o medido.
TENSIÓN MÁXIMA PARA UN EQUIPO: Tensión máxima para la cual está especificado, sin rebasar el margen de seguridad, en lo que respecta a su aislamiento o a otras características propias del equipo. Debe especificarse para
equipos que operen con tensión superior a 1000 V.
TENSIÓN MÁXIMA DE UN SISTEMA: Valor de tensión máxima en un punto de un sistema eléctrico, durante un tiempo, bajo condiciones de operación normal.
TENSIÓN NOMINAL: Valor convencional de la tensión con el cual se designa un sistema, instalación o equipo y para el que ha sido previsto su funcionamiento y aislamiento. Para el caso de sistemas trifásicos, se considera como tal la tensión entre fases.
TENSION TRANSFERIDA: Es un caso especial de tensión de contacto, donde un potencial es conducido hasta un punto remoto respecto a la subestación o a una puesta a tierra.
TETANIZACIÓN: Rigidez muscular producida por el paso de una corriente eléctrica.
TIERRA (Ground o earth): Para sistemas eléctricos, es una expresión que generaliza todo lo referente a conexiones con tierra. En temas eléctricos se asocia a suelo, terreno, tierra, masa, chasis, carcasa, armazón, estructura ó tubería de agua. El término “masa” sólo debe utilizarse para aquellos casos en que no es el suelo, como en los aviones, los barcos y los carros.
TIERRA REDUNDANTE: Conexión especial de conductores de puesta a tierra, para tomacorrientes y equipo eléctrico fijo en áreas de cuidado de pacientes, que interconecta tanto la tubería metálica como el conductor de tierra aislado, con el fin de asegurar la protección de los pacientes contra las corrientes de fuga.
TOMACORRIENTE: Dispositivo con contactos hembra, diseñado para instalación fija en una estructura o parte de un equipo, cuyo propósito es establecer una conexión eléctrica con una clavija.
TOXICIDAD: Efecto venenoso producido por un período de exposición a gases, humos o vapores y que puede dar lugar a un daño fisiológico o la muerte.
TRABAJOS EN TENSIÓN: Métodos de trabajo, en los cuales un operario entra en contacto con elementos energizados o entra en la zona de influencia directa del campo electromagnético que este produce, bien sea con una parte de su cuerpo o con herramientas, equipos o los dispositivos que manipula.
TRANSFORMACIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA: Transferencia de energía eléctrica a través de una transformación de potencia.
Reglamento Técnico de Instalaciones Eléctricas – RETIE
TRANSMISIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA: Transferencia de grandes bloques de energía eléctrica, desde las centrales de generación hasta las áreas de consumo.
TRANSMISOR NACIONAL: Persona que opera y transporta energía eléctrica en el sistema de transmisión nacional o que ha constituido una empresa cuyo objeto es el desarrollo de dichas actividades.
UMBRAL: Nivel de una señal o concentración de un contaminante, comúnmente aceptado como de no daño al ser humano.
UMBRAL DE PERCEPCIÓN: Valor mínimo de corriente a partir de la cual es percibida por el 99.5 % de los seres humanos. Se estima en 1,1 miliamperios para los hombres en corriente alterna a 60 Hz.
UMBRAL DE REACCIÓN: Valor mínimo de corriente que causa contracción muscular involuntaria.
UMBRAL DE SOLTAR O CORRIENTE LIMITE: Es el valor máximo de corriente que permite la separación voluntaria de un 99.5% de las personas, cuando
sujetando un electrodo bajo tensión con las manos, conserva la posibilidad de soltarlo, mediante la utilización de los mismos músculos que están siendo estimulados por la corriente. Se considera como la máxima corriente segura y se estima en 10 mA para hombres, en corriente alterna.
USUARIO: Persona natural o jurídica que se beneficia con la prestación de un servicio público, bien como propietario del inmueble en donde este se presta, o como receptor directo del servicio. A este último usuario se denomina también consumidor.
VANO: Distancia horizontal entre dos apoyos adyacentes de una línea o red.
VECINDAD DEL PACIENTE: Es el espacio destinado para el examen y tratamiento de pacientes, se define como la distancia horizontal de 1.8 metros desde la cama, silla, mesa u otro dispositivo que soporte al paciente y se extiende hasta una distancia vertical de 2,30 metros sobre el piso.
VIDA ÚTIL: Tiempo durante el cual un bien cumple la función para la que fue concebido.
ZONA DE SERVIDUMBRE: Es una franja de terreno que se deja sin obstáculos a lo largo de una línea de transporte de energía eléctrica, como margen de seguridad para la construcción, operación y mantenimiento de dicha línea, así como para tener una interrelación segura con el entorno.
Bibliografía:
Reglamento técnico de instalaciones eléctricas. RETIE

RELACION SALUD TRABAJO

  • Según algunos autores, existe una relación directa entre la forma del proceso laboral o proceso productivo, y los patrones de desgaste tanto físicos como psíquicos del trabajador.
  • Cuando hablamos de la salud del trabajador, vemos que el concepto de Blumcon sus cuatro factores (herencia, comportamiento, medioambiente, servicios de salud), es aplicable a la salud del grupo laboral

Como lo podemos apreciar : Salud del Grupos Laboral
Efectos Herenciales Ambiente Laboral
Comportamiento en el Trabajo Servicios de Salud Ocupacional

  • En lo anterior se involucran elementos ocupacionales, los cuales pueden alterar el proceso salud-enfermedad de acuerdo a su magnitud y su valor positivo o negativo, incidiendo con mayor o menor grado y en forma benéfica y perjudicial sobre la salud del hombre.

  • La relación salud-Trabajo constituye un binomio indivisible, en el cual la influencia mutua entre los dos polos es permanente y básica.

  • Sabemos que el trabajo es la fuente de los bienes y servicios que produce una sociedad, pero por otra parte el trabajo puede constituirse en una fuente de patologías y conflictos, incidiendo directamente sobre la salud y esta, en reacción sobre el trabajo, debilitando el binomio(Salud-Trabajo).


Se necesitan unas adecuadas condiciones de trabajo para tener salud.

salud------ vida------ trabajo


¿COMÓ SE RELACIONAN SALUD –TRABAJO?
Salud
Influye
Trabajo
Salud
Influye
Trabajo
Con salud se puede realizar un buen trabajo
Sin salud las personas no pueden realizar su actividad.
Favorece el desarrollo personal
Puede ocasionar daño a la salud, fatiga, estrés


¿QUÉ SON LOS RIESGOS PROFESIONALES?

Los Riesgos Profesionales son las situaciones o aspectos del trabajo que si no se controlan pueden producir enfermedad, accidentes laborales, muerte o insatisfacción al trabajador y consecuencias negativas para la organización laboral.


Es necesario, que en el ambiente laboral, existan medidas de control establecidas en los programas de Salud ocupacional, para velar por la salud de los trabajadores en los diferentes procesos productivos.


Pero si bien, es importante el control de los factores de riesgo en el ambiente laboral, para mantener una de cuado estado de salud, prevenir accidentes y enfermedades profesionales y poder desempeñar bien sutrabajo, también lo son: la herencia, los servicios de saludo cupacional y el comportamiento en el trabajo.

EL COMPORTAMIENTO O ESTILO DE TRABAJO

  • Se refiere alos conocimientos, actitudes y prácticas que contribuyen amejorar o empeorar la salud del trabajador.

  • Las circunstancias derivadas de los comportamientos o estilos de trabajo nocivos para la salud son en muchos casos los principales factores que deterinan la ocurrencia de accidentes y enfermedades profesionales.


Por lo tanto es indispensable que el trabajador se le promuevan en el trabajo actitudes de autocuidado tales como:

  • Uso de elementos de protección persona
  • Trabajo seguro(conocimiento y aplicación de las normas de seguridad)
  • Manejo seguro de máquinas, equipos, herramientas
  • Participación en los programas de Salud Ocupacional
  • Información sobre factores de riesgo, su control su prevención.



RECUERDA

El fenómeno de la salud del trabajador, se puede explicar mediante la teoría multicausalde Blumcon sus cuatro factores interactuando.
AMBIENTE LABORAL
COMPORTAMIENTO EN EL TRABAJO
EFECTOS HERENCIALES
SERVICIOS DE SALIUD OCUPACIONAL EN EL TRABAJO


GLOSARIO

Actitud: Resultado del convencimiento íntimo que lleva a una persona a una actuación en favor o en contra ante una situación determinada.
Accidente de trabajo: Suceso repentino que sobrevenga por causa o con ocasión del trabajo y que produzca en el trabajador una lesión orgánica, una perturbación funcional, la invalidez o la muerte


Comportamiento: Manifestación externa de los pensamientos, valores y sentimientos ante determinado estímulo
Enfermedad Profesional estado patológico permanente o temporal que sobrevenga como consecuencia de la clase de trabajo o del medio donde lo desempeña.
Epidemiología: Estudio de las relaciones de los diversos factores que rigen la frecuencia y la distribución de las enfermedades en una comunidad humana
Proceso Productivo: Comprende las etapas mediante las cuales se obtiene un producto final bien sea un bien de consumo o un servicio.
Programa de Salud Ocupacional: Planeación, organización, ejecución y evaluación de actividades, tendientes a prevenir, mantener y mejorar la salud Individual y colectiva de los trabajadores en sus ocupaciones y que deben ser desarrolladas en los sitios de trabajo de forma integral e interdisciplinaria.


SaludOcupacional: Grupo de disciplinas que tienen como objetivo fomentar y mantener un elevado nivel de bienestar en los trabajadores, previniendo todo daño causado ala salud de éstos, por las condiciones de trabajo, protegiéndolos de los riesgos resultantes de la presencia de agentes nocivos para la salud.
Signo:Cualquier prueba objetiva de una enfermedad.
Síntoma: Cualquier prueba subjetiva de la enfermedad o estado de un paciente.

viernes, 27 de noviembre de 2009

CONCEPTUALIZACION DEL TRABAJO


  • El trabajo ha sido definido desde la psicología, la economía y la sociología, dando cada una de estas ciencias diferentes concepciones.
  • De igual manera, puede decirse que ha variado tanto la concepción del trabajo como la forma de trabajar a través de la historia, en las diferentes épocas y culturas.
  • Para ENGUELS trabajo es la actividad básica del ser humano, por medio de ella el hombre establece relación con la naturaleza, la transforma y a su vez el hombre se transforma a sí mismo
  • Para otros, el trabajo representa: realización, mejoramiento del nivel de vida, posibilidad de bienestar.
  • Trabajo es una actividad social.
  • Trabajo actividad humana que implica una relación contractual entre el trabajador y empleador

Cuando hablamos de trabajo es necesario que conozcamos cuales son sus elementos

Cuando hablamos de trabajo es necesario que conozcamos cuales son sus elementos

  • Los insumos corresponden a los elementos que necesita el trabajador para producir un bien o un servicio.
  • Dependiendo de sus características, puden afectar a corto o a largo plazo la salud del trabajador
  • Instrumentos del trabajo



Son los elementos que sirven al hombre, para transformar los insumos y elaborar un bien de consumo o prestar un servicio.
Incluyen las condiciones materiales necesarias para la producción ya sean herramientas, máquinas e instalaciones locativas. Los instrumentos de trabajo que obligan al trabajador a trabajar de determinada manera marcándole ritmos



El trabajador (fuerza de trabajo)
•Es el trabajador quién que realiza el trabajo. Ese trabajador tiene unas características para competir en el mercado (edad, sexo, capacitación, salud).
•Inherente al proceso del trabajo existen unos factores que actúan sobre el trabajador y determinan su actividad, a estos se les denomina condiciones de trabajo


TAREA



MEDIO AMBIENTE

CONDICIONES DE TRABAJO



FORMA DE ORGANIZACION



En que consisten cada uno de estos elementos de las condiciones de trabajo?


Medio ambiente: es todo lo que está rodeando al trabajador dentro y fuera de su trabajo.



•Tarea: es lo que hace el trabajador
•Forma de organización: Son las relaciones laborales que se establecen en el sitio de trabajo y comprenden aspectos como: la duración de la jornada y los descansos; el ritmo de trabajo; la variedad y/o monotonía de las tareas y otros.






















QUE ES SALUD?
Según la Organización Mundial de la Salud:ç
"ESTADO COMPLETO DE COMPLETO BIENESTAR FISICO, MENTAL Y SOCIAL Y NO SOLAMENTE LA AUSENCIA DE ENFERMEDAD

El anterior concepto, apesar de plantear una mayor integralidad del ser humano, ha sido cuestionado por algunos autores por considerarlo utópico,deseable e inalcanzable.

En la década del 70 LAFRAMBOISE Y LALONDE propusieron un marco conceptual para el campo de la salud en el cual se concibe la salud como determinada por una variedad de factores que se pueden agrupar en cuatro divisiones primarias como son:

Medio ambiente
Determinada por el sustrato anatómico y fisiológico, pues en gran parte la capacidad de reacción del organismo, su fortaleza, debilidad, resistencia o susceptibilidad ante agresiones ambientales se establecen genéticamente.
La interacción de los genes y el ambiente forman el fondo biológico y primario del organismo.stilo de vida
Biología humana
Sistema organizativo de la atención de salud

EL CONCEPTO DEL CAMPO DE LA SALUD (LALONDE)
Modelo Lalonde
Medio Ambiente
Estilo de Vida
Biología HumanaSistema Organizativo de la atención de Salud
SALUD

La salud era concebida por la interacción de estos cuatro factores.
De igual forma posteriormente, BLUM propone un modelo para abordar la salud.
HENRY BLUM desde 1974 propuso el modelo de "ambiente de Salud " que luego se llamó "campo causal y paradigmas de bienestar en la salud" en donde se conceptúa la Salud como la resultante de un gran número de fuerzas o variables, las que agrupa en cuatro categorías de factores considerados estos como determinantes de la salud.
AMBIENTE
COMPORTAMIENTO HUMANO
HERENCIA(Genética)
SERVICIOS DE SALUD


FACTORES DETERMINANTES DE LA SALUD






PARADIGMA DE BLUM Ambiente
Comportamiento, Servicios de Salud,Herencia, Salud.


HERENCIA O FACTORES GENETICOS
Determinada por el sustrato anatómico y fisiológico, pues en gran parte la capacidad de reacción del organismo, su fortaleza, debilidad, resistencia o susceptibilidad ante agresiones ambientales se establecen genéticamente.
La interacción de los genes y el ambiente forman el fondo biológico y primario del organismo.


EL AMBIENTEEl ambiente, el medio en que vive el hombre, son las circunstancias en las que vive y a las que debe adaptarse del mejor modo posible para estar sano. El ambiente no debe concebirse como una unidad sino, como varios componentes actuando simultáneamente


El ambiente esta constituido por multiplicidad de elementos tales como:
Componentes físicos:

El aire, el agua, la humedad, la temperatura, el suelo, vibraciones, radiaciones, ruidos, etc.
Componentes químicos
Se incluye cualquier tipo de contaminación por agentes químicos.


Componentes biológicos
Animales, plantas, insectos, microorganismos, etc.
Componentes sicosociales y culturales
En este se incluyen: la educación, la economía, la organización social, etc.

COMPORTAMIENTO (ESTILO DE VIDA)Es el conjunto de directrices para la conducta, tales como tradiciones, creencias, valores y pautas de conducta desarrolladas y reestructuradas en la socialización
El comportamiento depende mucho de las motivaciones y personalidad del sujeto y de los estilos de vida y pautas de conducta de los grupos sociales a que pertenece y se integra.
Cuando hablamos de estilo de vida, es necesario que definamos un componente importante dentro de éste como lo es el AUTOCUIDADO: definido como esos de conocimientos, actitudes y prácticas individuales y colectivas que inciden en el fenómeno de la salud.


LOS SERVICIOS DE SALUD
Los servicios de salud pueden causar efecto sobre el proceso salud-enfermedad en cuanto a su calidad, disponibilidad, oportunidad, accesibilidad, etc.


BASADO EN LA TEORÍA DE BLUM, DAVID BERHSDEFINE LA SALUD ASÍ:
“El fenómeno de la Salud debe entenderse como un proceso de variaciones ininterrumpidas que acompañan el fenómeno vital del hombre, las cuales son producidas o influenciadas por factores hereditarios, de comportamiento y ambientales, así como por factores o acciones provenientes de los servicios de salud.”


En laactualidad los nuevos enfoques de la salud proponen explicar la salud desde un punto de vista epidemiológico, social y cultural ampliando el conjunto de factores ambientales, la herencia los hábitos comportamiento de la población y los servicios de salud.


Con base a las concepciones de salud vistas anteriormente podría decirse entonces:
La salud no es un estado estático sino un proceso.
Es una condición esencialmente cambiante.
Existe una pluralidad de causas que influyen en las variaciones del fenómeno salud en forma interrelacionada.
Supera el aspecto biológico, involucrando lo psíquico, y lo social, es decir el hombre integral.
El modelo de BLUM y LALONDE incorpora la teoría multicausaldonde cuatro grupos de factores (biológico, ambiental, estilo de vida y servicios de salud interactúan.